Ventajas de la Fundación Panameña

Este tipo de fundación brinda numerosos beneficios para la protección de activos:

  • La fundación no pagará impuestos en Panamá y no se requerirá ninguna contabilidad o auditoría local.
  • Mientras los ingresos de la fundación se produzcan fuera de Panamá, estarán libres de impuestos.
  • La fundación puede mantener cuentas bancarias y de corretaje en Panamá.
  • El (los) beneficiario(s) puede(n) ser cualquier persona(s) o compañía(s) y no aparecerán en los registros públicos.
  • Usted puede controlar la disposición de los activos al presentar una lista simple o completa ante la junta de la fundación. Esta »carta de deseos» instruirá a los bancos, corredoras y administradoras de propiedades sobre qué hacer con sus activos en el momento en que usted ya no esté. Esta lista puede modificarse o actualizarse cuando lo desee, generalmente sin costo alguno.
  • Adicionalmente, La Fundación de Panamá no requiere reuniones anuales o formalismos. Con una estructura similar a esta en los EE.UU., si no mantiene las apariencias como es debido, los acreedores pueden traspasar el velo corporativo y llegar hasta sus activos. En Panamá no se aplican estas leyes, por lo tanto sus activos están seguros. Como se indicó anteriormente, no se requieren auditorías, rendición de cuentas o declaración de impuestos.
  • El Fundador de una compañía panameña puede ser una persona o una entidad (local o extranjera, un fideicomiso, una LCC, entre otros).